El certificado único de la Dirección General Impositiva (DGI) acredita que una empresa o un contribuyente con actividad comercial, industrial, de servicios o agropecuaria está al día con sus obligaciones formales y con el pago de los impuestos que cobra la DGI. Se pide sin costo en los Servicios en línea de la DGI, y la DGI tiene hasta 72 horas hábiles para emitirlo, según su página de preguntas frecuentes.

La DGI también lo llama certificado de vigencia anual (CVA). No hay que confundirlo con el certificado CUD, el certificado único departamental que emiten las intendencias.

Para qué se pide el certificado único

El régimen está en el artículo 80 del Título 1 del Texto Ordenado de 1996 de la DGI, publicado por IMPO. Según ese artículo, sin el certificado no se puede:

  • vender o hipotecar inmuebles;
  • vender vehículos;
  • distribuir utilidades;
  • importar ni exportar;
  • cobrar de organismos públicos sumas mayores a la mitad del mínimo no imponible individual del Impuesto al Patrimonio.

El mismo artículo dice que quien inicia o tiene una actividad comercial o industrial no puede hacer gestiones sobre esa actividad ante oficinas públicas sin presentarlo. Una empresa que distribuye utilidades sin el certificado recibe una multa del 50 % del impuesto que no pagó, y si reincide, la multa es igual al impuesto impago.

Hay un límite para los organismos: la página del trámite en gub.uy recuerda que, según el Decreto 353/023, las entidades públicas no pueden pedir certificados cuando la información se puede obtener por medios digitales seguros de otras entidades.

Quiénes pueden obtenerlo

Según la DGI, pueden pedirlo todos los contribuyentes, salvo los que tienen la empresa clausurada y los casos que excluye una resolución de la propia DGI. La página del trámite agrega que los contribuyentes exonerados tienen que presentar la inscripción en el registro que corresponda: un instituto de enseñanza, la del Ministerio de Educación y Cultura o la de ANEP; un club deportivo, la de la Secretaría Nacional del Deporte.

Cómo pedir el certificado único por internet

  1. Entrar a los Servicios en línea de la DGI con usuario y contraseña o con identidad digital.
  2. Ir a Certificados / Certificado Único - Solicitud. El servicio está disponible las 24 horas, todos los días del año.
  3. Completar los datos del formulario web, con una dirección de correo electrónico.
  4. Esperar la respuesta: la DGI avisa por correo si aprobó o rechazó la solicitud. Si la rechaza, además manda un mensaje a la bandeja de comunicaciones con los motivos.

El plazo de 72 horas hábiles corre desde la fecha del trámite que asigna el sistema, que puede ser distinta del día en que se hizo el pedido. La solicitud no tiene costo, según la DGI.

Cómo pedirlo en forma presencial

Si el sistema no admite la solicitud web, se puede hacer el trámite en una oficina de la DGI con agenda previa, que se reserva en el sitio de la DGI. Hay que llevar:

  • el formulario 5000, de solicitud de certificado de vigencia anual, firmado por la persona que hace el trámite;
  • un timbre profesional de la Caja de Profesionales, que hay que tener antes de pedir el número;
  • los comprobantes de los cambios de los últimos 30 días, como pagos, declaraciones juradas o convenios.

En Montevideo se atiende en Av. Daniel Fernández Crespo 1534, subsuelo B, de lunes a viernes de 9:30 a 16:15. En el interior, en las dependencias de la DGI, de lunes a viernes de 9:15 a 16:00; la de Casupá atiende solo los miércoles.

Cuándo vence el certificado único

El certificado no vence un año después de emitido, sino en una fecha fija. Para los contribuyentes que la DGI agrupa como «No CEDE», la fecha depende del último dígito del número de RUC, según la tabla de vencimientos de la DGI:

Último dígito del RUC Vence el
1 31 de octubre
2 28 de febrero
3 31 de marzo
4 31 de mayo
5 31 de diciembre
6 30 de junio
7 31 de julio
8 31 de agosto
9 30 de setiembre
0 30 de noviembre

Hay otras fechas. En el grupo CEDE, el certificado vence el quinto mes después del cierre del ejercicio. Los contribuyentes agropecuarios (salvo los del IMEBA, que siguen el dígito del RUC) lo renuevan al 30 de abril; los de IVA mínimo, al 30 de junio, y los exonerados, al 31 de octubre.

Un ejemplo: una empresa No CEDE cuyo RUC termina en 3 tiene el certificado vigente hasta el 31 de marzo. Si no entró en la renovación automática, puede pedir el nuevo desde el 1 de marzo, porque la DGI admite la solicitud desde el primer día del mes del vencimiento.

Renovación automática

La DGI renueva sola el certificado de los contribuyentes No CEDE que están al día con pagos, declaraciones juradas y datos registrales y que solo pagan alguno de estos impuestos: IRAE e IVA general; IRPF e IVA de servicios personales; IVA pequeña empresa; IMEBA, o que están exonerados. La DGI advierte que es responsabilidad del contribuyente comprobar, desde el primer día del mes de vencimiento, que la renovación se hizo, para tener tiempo de pedirla por otra vía.

Cómo se consulta y qué pasa si tiene observaciones

El estado del certificado se ve en Servicios en línea, como usuario registrado, en Certificados / Certificado único - Consulta, según la DGI. La DGI recomienda revisarlo antes de pedir uno nuevo, por si sigue vigente.

Si hay incumplimientos que impiden la renovación, un contribuyente No CEDE puede pedir un plazo en Servicios en línea / Trámites / Solicitud de inicio, con el trámite «Certificado Único y otros Certificados». Tiene que explicar por qué necesita el plazo y cómo y cuándo va a regularizar las observaciones, y adjuntar el formulario 5000 firmado y con el timbre profesional inutilizado.

El certificado también se puede perder antes de la fecha. El artículo 80 faculta a la DGI a suspenderlo si el contribuyente se atrasa con sus impuestos, si no registra sus estados contables ante el órgano de control o si no paga el impuesto de enseñanza primaria; la deuda de ese impuesto se puede consultar por padrón en la propia DGI.

Las dudas sobre el trámite se pueden mandar con el formulario de consultas de la página del certificado único en gub.uy, que solo responde preguntas y no hace trámites.

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