Plan de equidad del BPS
¿Sabías que el Banco de Previsión Social otorga una prestación mensual en dinero a las familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeconómica?
Esta prestación se denomina Plan de equidad y en este artículo te vamos a contar todo lo que tenes que saber sobre el mismo.
Tabla de contactos
- ¿Qué es el Plan de equidad?
- ¿Quién son los beneficiarios del Plan de equidad?
- ¿Cuáles son los requerimientos para aplicar al Plan de equidad?
- ¿Cuáles son los montos a percibir por el Plan de equidad y cuál es el período de amparo?
- ¿Cuál es el período de amparo del Plan de equidad?
- ¿Cómo puedo acceder al Plan de equidad?
¿Qué es el Plan de equidad?
El Plan de equidad es una prestación cuyo destino son las familias uruguayas que se encuentran en situación de vulnerabilidad socioeconómica y que tengan menores de edad a su cargo. El apoyo es económico a través de un pago mensual a los beneficiarios.
Como contraprestación, es necesario que la familia asegure la asistencia de los menores de edad al sistema educativo así como también a la realización de los controles de salud correspondientes.
¿Quién son los beneficiarios del Plan de equidad?
Los beneficiarios del Plan de equidad son menores de edad (niños y adolescentes) que formen parte de hogares que se encuentren en situación de vulnerabilidad socioeconómica.
También los niños y adolescentes que se encuentren internados en el Instituto del Niño y el Adolescente Uruguayo (INAU), o en algunas de las instituciones con convenio, tienen derecho a este beneficio que otorga el BPS.
¿Cuáles son los requerimientos para aplicar al Plan de equidad?
Las condiciones que se tienen que cumplir para poder acceder a los beneficios que otorga el BPS a través de su Plan de equidad son los siguientes:
- La persona que sea el titular de los menores de edad, tiene que residir en Uruguay
- Los menores de edad deben de concurrir a institutos de enseñanza formal o no formal, ya sean estos públicos o privados. Este punto no aplica a menores con discapacidad.
- Los menores de edad tienen que tomar los controles médicos correspondientes a su edad.
- Para las personas que tengan una discapacidad y sean mayores de 18 años de edad, es necesario que asistan a una revisión médica. Tienen que asistir cada 3 años a esta revisión.
- Mujeres embarazadas.
Es importante mencionar que el Plan de equidad no es compatible con otro plan de asignación familiar.
¿Cuáles son los montos a percibir por el Plan de equidad y cuál es el período de amparo?
Cómo mencionamos anteriormente, el Plan de equidad es una apoyo económico que consiste en otorgar a los beneficiarios un monto mensual de dinero. Se otorga este monto a las personas (tanto físicas como jurídicas) que tengan la tutoría legal del menor. Es importante observar que si personas de diferentes sexo ostentan esa condición de tutor, entonces tendrá preferencia la mujer.
Respecto al monto a percibir por parte de los beneficiarios del Plan de equidad, el mismo varia según la cantidad de beneficiarios con la cual cuenta la familia, el nivel educativo y si alguien padece o no una discapacidad.
Los valores mensuales básicos a la fecha 1/1/2021, son los siguientes:
Monto | Descripción |
$ 1.922,56 | Por primer beneficiario (en gestación, menor de 5 años y escolares). |
$ 823,97 | Es un complemento por el primer beneficiario cursando nivel intermedio. |
$ 2.746,53 | Por cada beneficiario con discapacidad. |
$ 1.922,56 | Por cada beneficiario del Plan de equidad que se encuentre en el INAU o en instituciones que tengan un convenio con el mismo. |
La prestación se paga a partir del momento que es realizada la solicitud. El pago retroactiva por aquellos meses que sean posterior al mes de la presentación, se pagan solo cuando no fue posible liquidarse dado errores en la administración, ya sea de lado del BPS o del MIDES. Para estos casos en particular, se establece como máximo 12 meses de retroactivdad.
¿Cuál es el período de amparo del Plan de equidad?
El periodo de amparo para poder percibir el beneficio otorgado por el BPS son los siguientes:
En el caso de que el menor beneficiario este cursando educación primaria, el periodo es hasta los 14 años. Si el menor beneficiario no pudo completar la educación primaria por motivo de enfermedad o por que reside en una zona rural y el centro educativo se encuentra a más de kilómetros de distancia, entonces la edad para culminar sus estudios se extienda a 16 años.
Para los menores de edad beneficiarios del Plan de equidad que se encuentren cursando estudios secundarios (tanto en centros educativos públicos o privados), la edad límite es hasta los 18 años.
Si el menor es beneficiario de la prestación de Pensión por invalidez del Banco de Previsión social, entonces la edad es hasta los 18 años.
Aquellos menores de edad que tengan una discapacidad pero sin el derecho a percibir una pensión por invalidez, podrán beneficiarse de Plan de equidad de por vida o hasta que otra prestación del BPS le sea otorgada al beneficiario. Es importante mencionar que se debe de solicitar el beneficio antes del que el menor cumpla los 18 años. Es necesario disponer de un certificado de la Comisión Honoraria del Patronato del Psicópata.
¿Cómo puedo acceder al Plan de equidad?
El Plan de equidad está disponible para todos los departamentos del país:
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