Cómo tramitar el permiso de menor

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El permiso de menor es un documento que se expide en el Consulado Uruguayo en el exterior, en la República o en la Dirección Nacional de Migración, según corresponda, donde figura la autorización del padre, madre o ambos residentes en el extranjero para que el menor viaje o se le expida un pasaporte.

Este permiso de menor comprende los siguientes casos:

  • El menor de edad se encuentra en territorio uruguayo y uno o ambos padres se encuentran en el exterior.
  • Los padres se encuentran en Uruguay y el menor de edad en el exterior.

Por lo tanto, el permiso de menor es un permiso de viaje (autorización para viajar) otorgado a menores de edad de nacionalidad uruguaya o extranjera pero con residencia habitual en el país.

La normativa vigente establece que: "todo menor de edad uruguayo o nacional uruguayo, extranjero con Residencia Legal o en trámite y aquellos menores que sin serlo se compruebe que residen desde hace más de un año en el país, para viajar al exterior con uno de sus padres o sin la compañía de ambos, necesitan autorización expresa de ellos."

 

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¿Qué se necesita para realizar el trámite de permiso de menor?

Los requerimientos para realizar el trámite de permiso de menor ,que le concede una autorización para viajar, son los siguientes:

  • Deberá ser solicitado por ambos padres, con Partida de Nacimiento del menor con una validez de treinta días de expedida y documentos de identidad vigentes y en buen estado de conservación, de ambos padres y del menor.
  • Si el menor viaja con un pasaporte extranjero que fue expedido en Uruguay, entonces también se deberá presentar dicho documento.

Escenarios más frecuentes en los cuales se necesita el permiso de menor

A continuación vamos a enumerar los casos más frecuentes de un menor con autorización para viajar y cuales son los requerimientos específicos para cada caso.

Menor con autorización para viajar sin los padres
  • Comparecencia de ambos padres para firmar el permiso de menor.
  • Cédulas de identidad vigentes y en buen estado de ambos padres y del menor.
  • Partida de nacimiento con menos de treinta días de expedida, para probar el vínculo filial.
Menor con autorización para viajar acompañado con un solo padre
  • Comparecencia del padre que no viaja para firmar el permiso de menor.
  • Cédulas de identidad vigentes y en buen estado de ambos padres y del menor.
  • Partida de nacimiento con menos de treinta días de expedida para probar vínculo filial.
Menor cuando ambos padres son fallecidos y el menor no está bajo el régimen de tutela
  • Cédula de identidad del menor vigente y en buen estado.
  • Autorización expedida por el Juez competente.
Menor que está bajo el régimen de tutela
  • Cuando un menor que está sometido a un régimen de Tutela viaja con su tutor no necesita permiso de menor, debiendo acreditar ante el Control Migratorio el testimonio judicial donde surja la designación y aceptación del cargo del tutor.
  • Si el menor viaja sin el tutor, deberá tramitar el tutor el permiso de menor, presentando testimonio de partida de nacimiento, cédula de identidad del menor y del tutor y testimonio judicial donde surja la designación y aceptación del cargo.
Menor que viaja solo, cuando uno de sus padres es fallecido
  • Comparecencia del padre para firmar el permiso de menor.
  • Cédulas de identidad vigentes y en buen estado del madre/padre y del menor.
  • Partida de nacimiento con menos de treinta días de expedida para probar vínculo filial.
  • Partida de defunción.
Hijo adoptivo
  • Comparecencia de los padres adoptantes para firmar el permiso de menor.
  • Cédulas de identidad vigentes y en buen estado del menor y de los padres adoptantes.
  • Partida de nacimiento del menor con menos de treinta días de expedida, donde conste la adopción invocada en anotación marginal.
Menor sometido a tutela del INAU
  • Exhibición de la cédula de identidad vigente y en buen estado del menor.
  • Presentación de la autorización de viaje expedida por el INAU.
Menor con uno de sus padres internado en un Centro de Reclusión
  • Comparecencia del otro padre para firmar permiso de menor.
  • Exhibición de cédulas de identidad vigentes y en buen estado del menor y del padre compareciente.
  • Autorización del padre privado de libertad que se tramitará ante el Director o Encargado del Centro de Reclusión, a través de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN.
  • Presentación de Partida de nacimiento del menor con una vigencia menor a treinta días de expedida, donde conste la filiación del menor.
Cuando uno de los padres es declarado incapaz
  • Si está sometido a curatela, el curador definitivo del padre incapaz es también curador del menor. Debe presentar la documentación probatoria del tal extremo. Tiene una vigencia de noventa días.
  • Las cédulas de identidad tiene que estar vigentes y en buen estado del menor, del otro padre y del curador.
  • Partida de nacimiento con menos de treinta días de expedida.
  • Comparecencia del otro padre para la firma del permiso de menor.

Es importante mencionar que no se aceptan cédulas de identidad que se encuentren re plastificadas, engrapadas, reparadas con cintas adhesivas, ni mutiladas o despegadas.

El permiso de menor tiene una vigencia de un año a partir de la expedición del mismo.

¿Cómo se tramita el permiso de menor a través de Internet?

El permiso de menor es uno de los trámites que se encuentran habilitados para realizarse a través del Portal del Estado. Para poder realizar el trámite vas a necesitar un usuario gub.uy. Podés ver cómo crearlo en el siguiente artículo: "Cómo realizar trámites estatales en Internet”.

Una vez que estés en la pagina gub.uy, presioná el botón “Iniciar el trámite en línea”

¿El trámite se puede hacer de forma presencial?

Es posible realizar el trámite de manera presencial teniendo en consideración las siguientes observaciones:

  1. En la fecha y hora agendada debe presentarse el/los padres otorgantes (no es necesario que el menor acompañe a sus padres en la tramitación del Permiso para Menor de Edad).
  2. El usuario debe presentar las cédulas originales del menor y de ambos padres vigentes y en buen estado, más la partida de nacimiento del menor con una vigencia menor a 30 días.
  3. El trámite lo realizan los padres o representantes legales del menor, según sea la situación. En ningún caso se requiere la presencia del menor.

En Montevideo el trámite se hace en las oficinas de la Dirección Nacional de Migraciones

  • Dirección: Misiones 1513
  • Teléfonos: 152-1815, 152-1823 y 152-1822
  • Horario de atención: lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas.
  • Correo: dnm-consultas@minterior.gub.uy

En el interior del país:

  • Inspectorías de Migración.

En el exterior del país el trámite se hace en los Consulados uruguayos. Podés consultar la lista de los Consulados en el siguiente vínculo.

¿El trámite de permiso de menor tiene costo?

El trámite del permiso de menor tiene un costo de 55,70 Unidades Indexadas (UI) por viaje. El precio se calcula a partir de la cantidad de viajes solicitados.

La entrega del permiso es inmediata a partir de procesada la solicitud y sujeta a la aprobación de la misma.

¿Cómo se hace la solicitud si uno de los padres o representantes legales del menor no dan el consentimiento para obtener el permiso?

En el caso de que se presente el escenario en donde uno de los padres o representantes legales del menor no otorgan el consentimiento para obtener el permiso del menor, el caso deberá ser atendido por un Juez Letrado de Familia a través de un abogado. Este proceso se conoce como autorización para viajar.

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